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El Foro de Puerto Rico

Monday, 19 de October de 2020 - 7:15 PM

Jueza Tylor Swain avala que pagos a LUMA tengan prioridad

La jueza Tylor Swain, que tiene a su cargo la quiebra de Puerto Rico ante el Tribunal Federal de Estados Unidos en San Juan, determinó este lunes que cualquier deuda que exista con la empresa LUMA Energy -seleccionada por el Gobierno de Puerto Rico para operar y administrar la Autoridad de Energía Eléctrica- tiene prioridad de pago a la hora de finalizar el cuadre de ajuste de deuda de la corporación pública.

La AEE es una de las entidades del Gobierno de Puerto Rico cuya deuda se está negociado en el Tribunal Federal al amparo de la Ley PROMESA.

En la moción, la jueza establece que los costos del contrato de la AEE con LUMA Energy cumplen con lo que requiere el Código de Quiebras federales para que sean considerados como gastos administrativos y por tanto, tienen prioridad de pago.

La jueza, a petición de la Junta de Supervisión Fiscal (JSF), tenía ante su consideración una reclamación para que determinara si era razonable que los pagos a LUMA tuvieran prioridad de pago cuando otros acreedores con deudas más antiguas aun esperaban por que la corporación les pague lo que les debe.

Un acuerdo final para el ajuste de la deuda de la AEE no se ha presentado ante el Tribunal todavía.

Swain también determinó que no autoriza ningún cargo por pago tardío a LUMA como también solicitó la JSF en nombre de la AEE. En caso de pago tardío, la AEE tiene que pagar a LUMA penalidades equivalentes a la tasa Prime más 2%.

Swain no acogió sin embargo, una petición del Comité de Acreedores no Asegurados (UCC, en inglés), en el sentido de que cualquier acuerdo relacionado a la deuda de la AEE afectaría el proceso de reestructuración del gobierno central.

Por su parte, el Lcdo. Fermín Fontanés, director ejecutivo de la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas de Puerto Rico (AAPP) expresó en declaraciones escritas que “con esta determinación queda autorizado el gasto por pago adelantado para el proceso de transición, así como la reclamación por toda cantidad acumulada que corresponda a dicho pago”.

“Esta determinación facilitará la labor de LUMA durante la etapa de transición” dijo el funcionario.

Fontanés explicó que “el contrato de Transmisión y Distribución contempla un periodo de transición previo al comienzo de los servicios de Operación y Mantenimiento como un prerrequisito esencial para que el operador pueda tomar control del sistema. Entre dichos servicios se encuentran: (1) la movilización del equipo de transición de LUMA Energy, (2) transición de la gerencia, (3) reclutamiento de empleados y establecimiento de los planes de beneficios para los empleados de LUMA Energy; (4) desarrollo y transición de tecnología de la información; (5) desarrollo de un plan de sistema de remediación y presupuestos iniciales de operación y capitales; (6) preparación para tomar el control de las áreas de servicio al cliente, facturación y otra funciones de administración de financiera; (7) preparación para el manejo de fondos federales, (8) incremento en la preparación y respuesta ante emergencias; y (9) evaluación de la cadena de suministro de combustible y energía”.

Con relación a los cargos por pagos tardíos que sean sometidos por LUMA Energy, la Corte determinó que la AEE deberá radicar una moción para aprobar cualquier cuantía acumulada y no-pagada relacionada al periodo de transición. Se estima que el periodo de transición tendrá una duración aproximada de un año, que comenzó con la firma del contrato el pasado 22 de junio de 2020.

Por su parte, el presidente de la UTIER, Ángel Figueroa Jaramillo dijo en redes sociales que la determinación de Swain de ninguna manera pasa juicio sobre la validez del contrato, cuyo proceso de aprobación está siendo impugnado en el Tribunal de Apelaciones de San Juan.

El abogado de la UTIER, Rolando Emmanuelli anticipó que se encuentran trabajando en un nuevo recurso para pedir que se invalide el contrato por ser uno leonino, pero ese pleito no se ha presentado todavía.

En total, durante la vida del contrato de unos 15 años, LUMA cobraría unos $1,500 millones por operar la red eléctrica y no estará obligada a hacer inversiones de capital, pues el acuerdo con el gobierno establece que los fondos para la reconstrucción del sistema eléctrico serán provistos por el gobierno federal.

Lea aquí la orden de la juez Swain.

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